Es una opinión compartida el que
las leyes deben buscar la justicia. Por eso, las normas no deben beneficiar a alguien
si aquello constituye un atropello para los demás. No obstante, algunos proponen
legislar para ampliar la libertad de las personas, sin analizar previamente si
aquello es justo o injusto. Así sucede, por ejemplo, con la interrupción de la
vida. Se pretende justificar este acto a partir de la autonomía de la persona,
de su derecho a decidir. Sin embargo, no se exponen convenientemente los argumentos
que justifican dicho acto, es decir, las razones que muestren que ese acto es
justo. Al legislador le compete justamente este aspecto porque debe velar por
lo que es justo, y mientras no existan razones que lo demuestren, no debe
declararlo legal.
A veces, se insinúa la necesidad de
legalizar determinadas conductas por el hecho de que son una realidad en
nuestra sociedad, y no podemos seguir haciendo ojos ciegos. Sin embargo, el
robo y el hurto, por ejemplo, son males antiquísimos, y los infractores han
tenido sobrados motivos para realizarlo: el deber de alimentar una familia, la
falta de trabajo, etc. No obstante, aunque estas razones son atendibles, no estamos
dispuestos a legalizarlo, porque sus consecuencias son nefastas para la
sociedad, y el mal no debe promoverse ni ampararse bajo la ley. Lo mismo puede
decirse de la interrupción de la vida: algunas personas tienen motivos para
desearlo; sin embargo, esto no justifica su legalización, pues se cae en una
espiral de efectos sociales indeseados.